octubre 15, 2021 en Derecho matrimonial

¿Divorcio o separación? Conoce las diferencias y actúa correctamente

El año 2020 ha arrojado cifras demoledoras para los matrimonios de España, registrando más divorcios que nunca. Por ello, queremos explicaros qué es el divorcio, diferenciarlo de la separación y daros una pequeña guía para saber cómo actuar si llega la hora.

La lectura de esta entrada puede ser útil para todos, dando igual que estéis casados o no, porque la finalidad es que comprendáis qué supone tomar el camino del divorcio o de la separación. Muchas personas evitan tomar esta vía porque consideran que el proceso es muy costoso a nivel económico y a nivel psicológico.

Con la llegada del COVID-19, muchos despachos recibimos un aumento anormal de casos de divorcio, y eso que el 60% de los matrimonios acaban en divorcios en España, según datos del INE.

Qué es un divorcio

No existe una definición jurídica marcada en un texto legal, pero podemos definir divorcio como el cauce legal adecuado para disolver un matrimonio entre dos cónyuges. Una vez disuelto, cada cónyuge es libre de poder casarse de nuevo.

Se encuadra en el Código Civil como una causa de disolución de matrimonio, expresada en el artículo 85. Y es que, cabe recordar que el matrimonio es un contrato que surge en el Derecho Romano, creándose obligaciones y derechos para los 2 cónyuges que lo firman. A día de hoy, entendemos el matrimonio como la unión legal entre 2 personas de igual o distinto sexo celebrado en la forma prevista en la Ley.

Por tanto, el matrimonio no solo se disuelve por medio del divorcio, sino que puede disolverse por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges. El divorcio puede ser solicitado por uno de los cónyuges o por ambos a la vez.

Divorcios express o el tiempo mínimo para pedir el divorcio

divorcio express

Para poder solicitar el divorcio tienen que transcurrir 3 meses desde que se celebró el matrimonio, salvo que se pruebe riesgo para la vida, integridad física, libertad, integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.

Debido al número de tramitaciones que hay en España, era necesario dar una solución “exprés” porque muchos cónyuges querían disolver su matrimonio al mes de casarse, ¡incluso a la semana!

El divorcio express está contemplado en la Ley 15/2005 de Jurisdicción voluntaria, permitiendo a 2 personas disolver su matrimonio sin intermediación judicial: sin tribunales de por medio. Los requisitos son:

  • Que sea de mutuo acuerdo.
  • Que hayan pasado 3 meses desde que se celebró el matrimonio.
  • Con convenio regulador.
  • No tener hijos menores de edad.
  • Residir en España.

¿Por qué esperar 3 meses desde que te casas? En parte, porque existe un fraude en los famosos matrimonios de conveniencia, los cuales son ilegítimos porque se hace uso de la vía del matrimonio para obtener privilegios, como la residencia en España.

La mayoría de matrimonios de conveniencia surgen por inmigrantes que buscan quedarse aquí el máximo tiempo posible de forma legal, aunque el fin no justifique los medios. De esta forma, el matrimonio es una vía para evitar normas, plazos y procedimientos largos para conseguir el permiso de residencia en España o acceder a la nacionalidad española.

Precio de divorcio

¿Qué precio tiene un divorcio express? Dependerá de los honorarios del abogado, el procurador y de si hay poder notarial de representación (40-60€). Podría decirse que entre 500-1500€ en la mayoría de casos, en Despacho Soroga tratamos cada caso con total profesionalidad y sin un sobreprecio injusto para el cliente, sea de Salamanca, Zamora o alrededores.

Respecto a un divorcio contencioso normal, es muy complicado dar una cifra porque las oscilaciones son tremendas: no hay uno igual. Lo que sí podemos asegurar que puede sobrepasar los 1500€ sin ningún problema, aunque depende del caso.

Tipos de divorcio: mutuo acuerdo o contencioso

divorcio de mutuo acuerdo

El divorcio más sencillo, económico y rápido es el de mutuo acuerdo, además de ser menos costoso a nivel emocional. Los divorcios suelen ser procesos legales que desgastan mucho a nivel psicológico y que “adjudicarse más bienes que el otro” no va a producir la satisfacción.

Todos los divorcios se complican cuando hijos de por medio, ya que hay que establecer un convenio regulador para establecer el régimen de visitas, las pensiones alimenticias o la custodia compartida, sin perjuicio de la pensión compensatoria si procede.

En nuestra experiencia, lo ideal es que el divorcio sea de mutuo acuerdo porque imperará el sentido común y la empatía entre ambos cónyuges a la hora de establecer el convenio regulador con sus hijos y sobre los aspectos patrimoniales.

Desde Despacho Soroga queremos reclacar que no se debe involucrar a los niños en este proceso porque ellos son los que más sufren, especialmente si son menores.

Por tanto, un divorcio de mutuo acuerdo nos ahorrará dinero porque no habrá que probar cada detalle con el fin de obtener justicia: sin informes médicos, sin declaraciones de los niños en un tribunal, ni visitas a Juzgados innecesarias.

Al contrario, un divorcio contencioso es cuando no existe acuerdo entre los cónyuges y ambos acuden a la Justicia con el fin de que el/la Juez/a estime su pretensión. Antes de “luchar por lo que es mío”, nosotros aconsejamos acudir a mediación familiar porque este trámite siempre es más beneficioso cuando hay un acuerdo.

Las etapas del divorcio contencioso se encuentran establecidas en la LEC (artículos 769 y 770):

  1. Se interpone demanda de divorcio en el Juzgado de 1ª Instancia del domicilio conyugal; en su defecto, del último domicilio del matrimonio; en defecto de éste, residencia del demandado. El tipo de procedimiento es un Juicio Verbal.
  2. Para su presentación, se requiere la certificación de inscripción de matrimonio; si hay hijos, certificados de nacimientos; documentos que fundamenten la pretensión del divorcio.
  3. El otro cónyuge tiene que contestar a la demanda en 20 días hábiles desde la notificación de ésta. Tiene varias opciones: no contestar, personarse sin contestar, allanarse, contestar o, incluso, reconvenir.
  4. Con la demanda y la contestación (o pasados esos 20 días hábiles sin hacer nada), se dará señalamiento para el juicio.
  5. En el juicio es el momento de comparecer ante el Juez y de practicar la prueba para convencer a éste.
  6. Terminado el juicio, quedará visto para sentencia. El Juez decretará el divorcio y decidirá sobre todas las condiciones: liquidación del régimen de gananciales o comunidad de bienes (si hay separación de bienes), custodias, pensiones alimenticias (si hay hijos) o compensatorias (si procede y la otra parte lo solicita).

Con todo esto, en España, es posible convertir un divorcio contencioso en uno de mutuo acuerdo en cualquier momento del proceso. Eso sí, las partes deben solicitarlo de mutuo acuerdo.

Qué es una separación

separación

La separación viene regulada en el Código Civil, concretamente en el artículo 81, y su principal diferencia con el matrimonio es que no supone la disolución del matrimonio. Desencadena 2 efectos:

  1. Suspensión de la vida en común.
  2. Dejar de vincular bienes de un cónyuge al matrimonio (régimen de gananciales).

Aunque el matrimonio no se disuelva, un cónyuge puede pedir el pago de una pensión al otro; asimismo, si muere uno de los 2, el superviviente obtendría pensión de viudedad.

Para solicitar la separación se deben cumplir los 3 meses mínimos desde la celebración del matrimonio, y la pueden pedir uno o los dos. Al igual que ocurre con el divorcio, existe la excepción de poder solicitar la separación antes de esos 3 meses cuando se acredite el riesgo para la vida, integridad física, etc.

Uno de los puntos positivos de la separación, es que los cónyuges se pueden reconciliar y seguirían casados. Eso sí, cada uno tiene que comunicar al Juez competente (el que atendiese el procedimiento de separación) que quieren reconciliarse. Esto es para que se dicte una resolución que mantengan o modifiquen las medidas establecidas en torno a sus hijos.

Qué es el convenio regulador, ¡negocia bien!

convenio regulador

Se trata de un documento que ratifica el acuerdo de los cónyuges en relación con las cuestiones personales y patrimoniales derivadas del divorcio. Debe convenirse de mutuo acuerdo y su cumplimiento es imperativo, por lo que hay que negociarlo bien, quedando claro el consentimiento que prestamos cuando lo firmamos.

El convenio regulador debe ser aprobado por un Juez, o excepcionalmente por un Notario cuando se trata de un divorcio express. Sin embargo, no existe una autonomía de la voluntad total en un convenio regulador, sino que hay un control sobre 2 aspectos:

  • Derechos de los cónyuges: un Juez no va a aceptar un convenio que perjudique claramente a uno de los dos.
  • Los menores. Este es un tema delicado, así que aparecerá el Ministerio Fiscal en el proceso para proteger el interés de los menores, que siempre prevalecerá sobre los cónyuges.

El contenido mínimo de un convenio

Un convenio regulador puede ser extensísimo, como puede ser corto y escueto. De todas maneras, el artículo 90 del Código Civil expresa cuál es el contenido mínimo que debe tener:

  • Régimen de patria potestad, custodia, comunicaciones y visitas.
  • Liquidación del régimen económico (gananciales o separación de bienes, normalmente) y distribución de cargas (quién usa la vivienda y el ajuar familiar, por ejemplo).
  • Pensión compensatoria (si se pide y procede) y pensión de alimentos.

En Despacho Soroga siempre recomendamos nuestros servicios a la hora de redactar un convenio regulador porque, como todo contrato, es mejor redactarlo con un especialista al lado, y nosotros estamos especializados en Derecho de familia.

Cómo formalizar y aprobar un convenio regulador

La formalización y aprobación de un convenio regulador se realiza en 2 pasos “sencillos”:

  1. Acuerdo entre los cónyuges, expresando su consentimiento de forma válida. Esto es difícil de conseguir muchas veces.
  2. Ratificación y aprobación por parte del Juez, o del Notario si es divorcio express.

Dicho esto, tanto Juez, como Notario pueden denegar su aprobación porque el convenio contemple abusos, desigualdades o que no contenga el contenido mínimo, por ejemplo. En dicho caso, si el Notario lo deniega, habrá que ir a la vía judicial para que el Juez lo apruebe.

¿Y si el Juez deniega la aprobación? Pues, será él/ella quien decida las consecuencias de la separación o divorcio, algo que no es aconsejable que suceda porque esta solución es la más insatisfactoria.

En conclusión, el convenio regulador es esencial y muy importante por lo siguiente:

  • Establece las obligaciones y derechos de cada cónyuge después de divorciarse.
  • Fija la custodia de los hijos, la frecuencia en la que se les va a ver y disfrutar, entre muchas otras cosas.
  • Determinan los gastos que cada uno debe afrontar: si hay hipotecas de por medio, gastos escolares (incluso universidad aunque sean mayores de edad) y extraescolares, dentistas, campings de verano de los niños, etc.
  • Es obligatorio cumplirlo, por lo que hay que estar muy de acuerdo con lo que se firma.
  • Si las condiciones de uno de los cónyuges (o de ambos) cambia, se puede modificar el convenio, pero suele ser complicado de llevar a cabo (salvo que ambos estén de acuerdo).
  • El Juez puede contemplar un delito de desobediencia a la autoridad por parte del cónyuge que no ha cumplido con el convenio.

Si estás en una situación de divorcio en Salamanca, Ávila, Zamora o alrededores, en Despacho Soroga estamos especializados en derecho matrimonial y te ofreceremos el servicio jurídico que mereces.